miércoles, 14 de febrero de 2018

Topes para beneficios laborales a partir del 01 de enero de 2018

Topes para beneficios laborales a partir del 01 de enero de 2018

Tope Seguro social obligatorio: 5 x 248.510,41 = BsF. 1.242.552,05
Tope Régimen prestacional de empleo: 10 x 248.510,41 = BsF. 2.485.104,10
Tope Beneficio de guardería: 5 x 248.510,41 = BsF. 1.242.552,05
Tope Matrícula y mensualidades: 40% de 248.510,41 = BsF. 99.404,16
Aplica a patronos con más de veinte (20) trabajadores, y que tengan un sueldo mensual
en dinero que no exceda los 5 salarios mínimos o hasta de los niños o niñas cumplan los 5 años de edad.

Ley Constitucional de Inversión Extranjera Productiva

Ley Constitucional de Inversión Extranjera Productiva
Ley Constitucional  41.310  29/12/2017
La misma tiene por objeto establecer los principios, políticas y procedimientos que regulan las inversiones extranjeras productivas de bienes y servicios, en cualquiera de sus categorías, promoviendo un aporte productivo y diverso de origen extranjero que contribuya a desarrollar las potencialidades productivas existentes en el país, a los fines de consolidar un marco que promueva, favorezca y otorgue seguridad jurídica a la inversión, garantice la soberanía económica, de conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, las leyes y el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación.     La legislación especial que regule las inversiones extranjeras en sectores específicos de la economía se aplicará con preferencia a esta Ley Constitucional, entre ellos, en materia de hidrocarburos, minería, telecomunicaciones y medios de comunicación social.

Ley de Alimentación para los Trabajadores y las Trabajadoras. Nueva Ley que Regula el Bono de Alimentación o Cestaticket Socialista 2018.

Ley de Alimentación para los Trabajadores y las Trabajadoras. Nueva Ley que Regula el Bono de Alimentación o Cestaticket Socialista 2018.
Decreto Presidencial 3.233 del 31-12-2017 6.354  31/12/2017
DECRETO Nro. 49 EN EL MARCO DEL ESTADO DE EXCEPCIÓN Y DE EMERGENCIA ECONÓMICA, MEDIANTE EL CUAL SE INCREMENTA LA BASE DE CÁLCULO Y MODALIDAD PARA EL PAGO DEL BENEFICIO DEL CESTATICKET SOCIALISTA

Aumento en 40% del salario mínimo, a partir del 1 de enero de 2018.

Aumento en 40% del salario mínimo, a partir del 1 de enero de 2018
Decreto Presidencial 3.232 del 31-12-2017 6.354 31/12/2017
DECRETO Nro. 48 EN EL MARCO DEL ESTADO DE EXCEPCIÓN Y DE EMERGENCIA ECONÓMICA, MEDIANTE EL CUAL SE AUMENTA EL SALARIO MÍNIMO MENSUAL OBLIGATORIO Y SE AJUSTA EL BONO ESPECIAL COMPENSATORIO DE GUERRA ECONOMICA A LAS PENSIONADAS Y PENSIONADOS

Ley del Régimen Cambiario - DICOM 29-01-2018

Ley del Régimen Cambiario - DICOM
Convenio Cambiario Nº 39  41329   29/01/2018
En su artículo 37, explica que queda derogado el Convenio Cambiario N° 38 de fecha 19 de mayo de 2017, así como el Convenio Cambiario N° 35 de fecha 9 de marzo de 2016, que establecía las operaciones con el "tipo de cambio protegido" (Dipro), en razón de 10 bolívares por dólar.

El Ejecutivo Nacional, representado por el ciudadano Simón Alejandro Zerpa Delgado, en su carácter de Ministro del Poder Popular de Economía y Finanzas (E), autorizado por el Decreto N° 2.278 de fecha 21 de enero de 2003, por una parte; y por la otra, el Banco Central de Venezuela, representado por su Presidente, ciudadano Ramón Augusto Lobo Moreno, autorizado por el Directorio de ese Instituto en sesión N° 5.059, celebrada en fecha 23 de enero de 2018, de conformidad con lo previsto en el artículo 318 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 5, 7, numerales 2, 5 y 7, 21, numerales 16 y 17, 34, 122 y 124 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Banco Central de Venezuela; y 3 del Convenio Cambiario N° 1 del 5 de febrero de 2003, han convenido dictar las siguientes: