Caracas, 18 de enero de 2016
Nº 9588
RESOLUCIÓN
El Ministro del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo, según Decreto
N° 2.181 de fecha 06 de enero de 2016, publicado en la Gaceta Oficial de la
República Bolivariana de Venezuela N°40.824 de fecha 08 de enero de 2016, en
ejercicio de la competencia establecida en el numeral 10 del artículo 14 de la
Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, artí-
culo 8 del Reglamento Parcial de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones
y Medio Ambiente de Trabajo, en concordancia con los numerales 13, 19 y 27
del artículo 78 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de la Ley Orgánica de la
Administración Pública,
NORMA TÉCNICA DE LOS SERVICIOS
DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
5
Objeto
Artículo 1. La presente norma técnica establece los lineamentos que debe
cumplir toda entidad de trabajo para la organización, conformación, registro y
funcionamiento del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo propio o mancomunado,
para garantizar la protección de los trabajadores y las trabajadoras
contra toda condición que perjudique su salud física y mental, producto de la
actividad laboral y de las condiciones en que esta se efectué, la prevención de
accidentes de trabajo y de enfermedades ocupacionales, todo ello en concordancia
con las disposiciones establecidos en la Ley Orgánica de Prevención,
Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, su Reglamento Parcial y las Normas
Técnicas.
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