Decreto de Exoneración de ISLR a las personas naturales 32.000 UT - Ingresos año 2017
Decreto N° 3.185, mediante el cual se exonera del pago del Impuesto Sobre la Renta, el enriquecimiento neto anual de fuente territorial obtenido por las personas naturales residentes en el país, hasta por un monto en Bolívares equivalente a treinta y dos mil unidades tributarias (32.000U.T.).
Gaceta Oficial 41.293 del 5 de diciembre de 2017
Consideraciones:
La exoneración aplica al enriquecimiento neto anual de fuente territorial obtenido por las personas naturales residentes en el país, hasta por un monto de 32.000 Unidades Tributarias (U.T.).
En consecuencia, el monto de 32.000 U.T. del enriquecimiento de las personas naturales residentes gozará de la exoneración sobre la base imponible del ISLR, y solo el importe que exceda a dicha cantidad estará gravado por el ISLR.
Por ejemplo, una persona natural residente que obtenga en el ejercicio fiscal un enriquecimiento neto de 60.000 U.T.; tendrá una renta neta mixta. Como exonerado registrará el importe de 32.000 U.T. y el excedente de 28.000 U.T estará gravado.
Sobre el importe gravado aplicará la determinación propia del ISLR, que considera para las personas naturales residentes tanto Desgravámenes de la base imponible, como también Rebajas de impuesto respectivamente.
La exoneración establecida en el Decreto solo aplicará para los enriquecimientos netos obtenidos en el ejercicio fiscal del año 2017.
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