viernes, 14 de septiembre de 2018

Convenio Cambiario Nº 1 07-09-2018

BANCO CENTRAL DE VENEZUELA CONVENIO CAMBIARIO Nº 1 El Ejecutivo Nacional representado por el ciudadano Simón Alejandro Zerpa Delgado, en su carácter de Ministro del Poder Popular de Economía y Finanzas (E), según Decreto N° 3.126 publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.265 del 26 de octubre de 2017, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 34 y 85 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Banco Central de Venezuela, por una parte; y por la otra, el Banco Central de Venezuela, representado por su Presidente, ciudadano Calixto José Ortega Sánchez, autorizado por el Directorio de ese Instituto en sesión N° 5.105, celebrada en fecha 21 de agosto de 2018, de acuerdo con lo previsto en el artículo 318 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 7, numerales, 2, 5 y 7; 21, numeral 16; 34; 122, 123 y 124 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Banco Central de Venezuela, 

Gaceta Oficial  N° 6.405 Extraordinario    Caracas, viernes 7 de septiembre de 2018

Aumento del Cestaticket Socialista a partir del 01-09-2018

Decreto N° 3.602, mediante el cual se fija el Cestaticket Socialista mensual para los trabajadores y las trabajadoras que presten servicios en los sectores público y privado, en la cantidad de ciento ochenta Bolívares Soberanos (Bs.S 180,00).
Gaceta Oficial  N° 6.403 Extraordinario  Caracas, viernes 31 de agosto de 2018

DECRETO N° 73 EN EL MARCO DEL ESTADO DE EXCEPCIÓN Y DE EMERGENCIA ECONÓMICA, MEDIANTE EL CUAL SE INCREMENTA EL BENEFICIO DEL CESTATICKET SOCIALISTA.

Aumento del salario mínimo a partir del 01-09-2018

Decreto N° 3.601, mediante el cual se incrementa el salario mínimo mensual obligatorio en todo el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, para las trabajadoras y los trabajadores que presten servicios en los sectores público y privado, el cual se fija en la cantidad de un mil ochocientos Bolívares Soberanos exactos (Bs.S 1.800,00) mensuales, a partir del 1 de Septiembre de 2018. 

Gaceta Oficial N° 6.403 Extraordinario Caracas, viernes 31 de agosto de 2018

DECRETO N° 72 EN EL MARCO DEL ESTADO DE EXCEPCIÓN Y DE EMERGENCIA ECONÓMICA, MEDIANTE EL CUAL SE AUMENTA EL SALARIO MÍNIMO MENSUAL OBLIGATORIO, ASÍ COMO EL MONTO DE PENSIONES.

jueves, 13 de septiembre de 2018

Aumento de la unidad tributaria de BsS. 17,00 a partir del 11 de septiembre de 2018

En Gaceta Oficial N° 41.479 de fecha 11 de septiembre de 2018 fue publicada una Providencia del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) mediante la cual se reajusta la Unidad Tributaria en Diecisiete Bolívares Soberanos (Bs. S. 17,00).

PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA
Artículo 1°. Se reajusta la Unidad Tributaria en DIECISIETE BOLÍVARES SOBERANOS (Bs. S. 17,00).
Artículo 2°. El valor de la Unidad Tributaria establecido en esta Providencia Administrativa sólo podrá ser utilizado como Unidad de Medida para la determinación de los Tributos Nacionales cuya recaudación y control sean de la competencia del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, así como de las sanciones impuestas por este Servicio, no pudiendo ser utilizada por otros órganos y entes del poder público para la determinación de beneficios laborales o de tasas y contribuciones especiales derivados de los servicios que prestan.
Artículo 3°. La presente Providencia Administrativa entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.