martes, 29 de julio de 2014

Casas de cambios necesitan autorización del BCV para operaciones en el mercado alternativo de divisas

Casas de cambios necesitan autorización del BCV para operaciones en el mercado alternativo de divisas
(BCV, Resolución 14-07-01, 7/25/2014 )
Según la Resolución 14-07-01 del Banco Central de Venezuela (BCV), las casas de cambio para realizar operaciones en el mercado alternativo de divisas como intermediarios especializados, deberán estar autorizadas previamente. El permiso será emitido por períodos que no excedan de un año fiscal y facultarán la compraventa de divisas en billetes extranjeros, cheques de viajeros o divisas a personas naturales a través de transferencias. 


lunes, 28 de julio de 2014

Fijan procedimiento para que colegios puedan determinar montos de matrículas y mensualidades

Fijan procedimiento para que colegios puedan determinar montos de matrículas y mensualidades(Ministerio del Poder Popular para la Educación, Resolución 114, 7/11/2014 )

El Ministerio del Poder Popular para la Educación, por medio de la Resolución 114, fijó el procedimiento para determinar el monto de la matrícula y de las mensualidades por cada institución educativa de gestión privada, registrada en el Subsistema de Educación Básica. Los montos se determinarán, “exclusivamente”, para cubrir los costos y gastos previstos en el presupuesto del año escolar de cada escuela. Para ello, la directiva de cada plantel deberá presentar ante la asamblea escolar la estructura de costos y gastos como parte integrante del presupuesto del año escolar siguiente, bajo los parámetros establecidos en la normativa. También, previo estudio económico, la asamblea escolar acordará los montos que permitan cubrir los costos y gastos de la institución durante el año escolar correspondiente.

Inscripción de venta de acciones en libro de accionistas es suficiente para surtir efectos frente a la compañía y a terceros

Inscripción de venta de acciones en libro de accionistas es suficiente para surtir efectos frente a la compañía y a terceros(Sala Constitucional, Exp 13-1157, 7/8/2014 )

Mediante fallo del 8 de julio, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) advirtió que la venta de las acciones de una compañía no requiere ser registrada, por cuanto es suficiente con su asiento en el respectivo Libro de Accionistas para surtir efectos frente a terceros. Según la Sala, la sola inscripción en el respectivo libro acredita al comprador como socio frente a la sociedad y a terceros. La decisión reitera criterio jurisprudencial sobre alcance del artículo 296 del Código de Comercio.



Reintegro por ilícitos cambiarios deberá realizarse en divisas

Reintegro por ilícitos cambiarios deberá realizarse en divisas(BCV, Aviso Oficial, 7/25/2014 )

El reintegro que deban realizar los sujetos que hayan cometido ilícitos o contravenido la normativa cambiara será en divisas a través del operador cambiario, en el cual se tramitó la transacción objeto de la sanción. Así lo determinó el Banco Central de Venezuela, mediante Aviso Oficial. En los casos en que el órgano sancionador establezca que el mencionado reintegro pueda ser efectuado en bolívares, se aplicará el tipo de cambio de referencia previsto en el artículo 14 del Convenio Cambiario 27 del 10 de marzo de 2014.



Establecen glosario de términos para elaborar solvencia electrónica del Inces

Establecen glosario de términos para elaborar solvencia electrónica del Inces(INCES, Providencia 06-132, 7/23/2014 )

Con la finalidad de facilitar las relaciones entre el Poder Público y las personas, a través de las Tecnologías de Información, el Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (Inces), mediante la Providencia 06-132, estableció un glosario de términos con la finalidad de alcanzar un mejor entendimiento de los procesos relacionados con la elaboración de la Solvencia Electrónica. En consecuencia, los conceptos a que se refiere este instrumento legal son: autenticidad, integridad, inalterabilidad, Código QR o de Respuesta Rápida y algoritmo. Igualmente, mediante esta providencia se implementa una Solvencia Provisional que contará con un período de aplicación de seis meses, y surtirá efectos legales para cualquier trámite ante los organismos del Estado.



martes, 8 de julio de 2014

Personas naturales y jurídicas deben actualizar datos en el Registro para la Defensa Integral

Personas naturales y jurídicas deben actualizar datos en el Registro para la Defensa Integral (Asamblea Nacional, 
Ley, 6/25/2014 ) Los venezolanos por nacimiento o naturalización, entre 18 y 60 años de edad, deben inscribirse y actualizar sus datos en el Registro para la Defensa Integral, a través de la circunscripción militar u oficina de registro municipal o parroquial más próxima a su residencia o domicilio. Así se desprende de la Ley de Registro y Alistamiento para la Defensa Integral de la Nación, publicada en Gaceta Oficial 40440, del pasado 25 de junio. Del mismo modo, las personas jurídicas también serán susceptibles de registro, por lo que están obligadas a formalizar su inscripción.