martes, 30 de septiembre de 2014

Publican las condiciones generales del servicio Sistema RCN en Línea

Publican las condiciones generales del servicio Sistema RCN en Línea
(Servicio Nacional de Contrataciones, Providencia 0094, 9/23/2014 )
A través de la Providencia 0094, el Servicio Nacional de Contrataciones de la Comisión Central de Planificación, publicó el contenido de los términos y condiciones generales del servicio “Sistema RNC en Línea”. Mediante este sistema las personas interesadas podrán inscribirse en el Registro Nacional de Contratistas (RNC), a través de la World Wide Web. Como se sabe, el Registro Nacional de Contratistas contiene la información de la calificación legal, financiera y por especialidad de las empresas que deseen contratar con el Estado venezolano, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Contrataciones Públicas. Los usuarios podrán acceder al uso del servicio "Sistema RCN en Línea" en la página de internet www.snc.gob.ve


viernes, 26 de septiembre de 2014

Publican nuevo régimen legal aplicable a mercancías objeto de exportación (Parte 9) Ultima

Publican nuevo régimen legal aplicable a mercancías objeto de exportación (Parte 8)

Publican nuevo régimen legal aplicable a mercancías objeto de exportación (Parte 7)

Publican nuevo régimen legal aplicable a mercancías objeto de exportación (Parte 6)

Publican nuevo régimen legal aplicable a mercancías objeto de exportación (Parte 5)

Publican nuevo régimen legal aplicable a mercancías objeto de exportación (Parte 4)

Publican nuevo régimen legal aplicable a mercancías objeto de exportación (Parte 3)

Publican nuevo régimen legal aplicable a mercancías objeto de exportación (Parte 2)

Publican nuevo régimen legal aplicable a mercancías objeto de exportación (Parte 1)

Publican nuevo régimen legal aplicable a mercancías objeto de exportación
(Ministerio del Poder Popular de Economía Finanzas y Banca Pública, Resolución 086, 9/5/2014 )
En Gaceta Oficial 6143 Extraordinario, el Ministerio del Poder Popular de Economía, Finanzas y Banca Pública, por medio de la Resolución 086, derogó el Anexo II o el “Régimen Legal aplicable a mercancías objeto de exportación", del 15 de julio de 2013. La nueva lista de los productos que requieren permiso de exportación abarca desde animales como ballenas y loros, pasando por alimentos, medicinas, materiales de construcción, hasta productos químicos como uranio enriquecido en U235 y plutonio. Así mismo, se advierte que queda prohibida la exportación de ciertos rubros descritos en la Resolución, salvo que se presenten las respectivas declaraciones de aduanas, la Licencia Especial de Exportación emitida por la Vicepresidencia Ejecutiva de la República, entre otros requisitos. 

Próximo 03 de octubre finaliza plazo para inscribirse en el Rupdae



viernes, 12 de septiembre de 2014

Alcaldía de Chacao - Estimada Ingresos Brutos - Del 1 de octubre al 31 de octubre de cada año.

Declaración Estimada de Ingresos Brutos 2014
Descripción

Es un proceso en el cual los contribuyentes sujetos al pago de Impuesto de Actividades Económicas, deben presentar ante la Dirección de Administración Tributaria entre el 1ero y el 31 de octubre de cada año una declaración jurada que contenga el monto estimado de ingresos brutos a percibir por las actividades que efectúen durante el ejercicio fiscal siguiente.

Objetivos


Cumplir con la obligación tributaria de presentar ante la Administración Tributaria la declaración estimada de los ingresos brutos a percibir por las actividades que efectúe durante el ejercicio fiscal siguiente.

Instructivo

Instructivo Guía para el proceso Declaración Estimada 2014
Preguntas Frecuentes

Recaudos

La Declaración Estimada de Ingresos Brutos (DEI) debe presentarse durante el mes de octubre de cada año.

Para obtener la planilla de Declaración Estimada de Ingresos Brutos 2014, el contribuyente deberá acceder al portal web de la Alcaldía de Chacao, y desde el banner ó del botón Chacao en Línea (ubicado en la parte inferior) descargar la planilla, la cual presentará ante la D.A.T. durante el mes de octubre para cumplir con su obligación tributaria.

Deben cumplir con los siguientes requisitos:
  • Haber presentado la Declaración Definitiva de Ingresos Brutos, correspondiente al ejercicio fiscal 2012.
  • Estar solvente con el impuesto sobre actividades económicas. 
¿En dónde se presta el servicio?
Horario de Atención
Centro Receptor Único:
Avenida Venezuela, Edificio Atrium, Planta Baja, Urbanización El Rosal
Desde el 1 de octubre hasta el 25 de octubre de 2013
Horario: De 9:00 am a 11:30 am y de 1:30 pm a 4:30 pm

Del 28 al 31 de octubre de 2012
Horario corrido de 9:00 am a 4:30 pm

Plazo de presentación de la declaración
Del 1 de octubre al 31 de octubre de 2013.

Marco de Referencia Legal
Estimado contribuyente, te recordamos que:

- Presentada la planilla de Declaración Estimada de Ingresos Brutos 2014 ante la D.A.T., se le entregará las facturas para el pago del Anticipo de Impuesto 2014, por lo que es importante que al momento de presentar la planilla traiga el sello de la empresa.
- El impuesto a declarar se debe calcular en base al 80% de los ingresos brutos determinados en la Declaración Definitiva del ejercicio fiscal 2012, presentada en enero de 2013. Si en ese año no percibiste ingresos brutos por el ejercicio de tu actividad o iniciaste actividades económicas en el año 2013, deberás presentar una proyección de los ingresos brutos que estimas percibir durante el año 2014.
- Los impuestos y tasas administrativas ahora se cancelan con las facturas entregadas por la DAT.

Alcaldía de Sucre - Estimada de Ingresos Brutos - 01 al 31 de octubre de cada año

Calendario de obligaciones tributarias de Rentas
Calendario de obligaciones tributarias de Rentas Municipales del Municipio Sucre:
  • Periodo Declaración Estimada:
    01 al 31 de octubre.
  • Periodo Declaración Definitiva:
    01 al 31 de enero.
  • Pago complementario (DDI):
    01 de enero al 31 de marzo.
  • Pago de los trimestres:
    enero - abril - julio - octubre
    Descuentos por pronto-pago
  • Actividades Económicas: 15% al ser pagado en enero el anticipo.
  • Inmuebles Urbanos: 20% al ser pagado en enero el año completo.
  • Vehículos:
    • 30% al ser pagado en enero la anualidad.
    • 15% al ser pagado en febrero.
    • 5% al ser pagado en marzo.

miércoles, 10 de septiembre de 2014

Corrigen normas sobre certificado electrónico de solvencia tributaria del Inces

Corrigen normas sobre certificado electrónico de solvencia tributaria del Inces
(INCES, Providencia 2014-08-169, 09/10/2014 )
El Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (Inces) corrigió error material en su Providencia 2014-07-154, publicada en Gaceta Oficial 40466, del 1º de agosto, en la cual se acordó la implementación del certificado electrónico de solvencia tributaria. Con la rectificación, se suprimió la aplicación de una solvencia provisional, cuyo lapso perentorio se había estimado en seis meses.



En vigencia Ley de Protección Social al Trabajador Cultural

En vigencia Ley de Protección Social al Trabajador Cultural
(Asamblea Nacional, Ley, 9/5/2014 )
El pasado 5 de septiembre, la Asamblea Nacional emitió la Ley de Protección Social al Trabajador y a la Trabajadora Cultural con el fin de garantizar el acceso al sistema de seguridad social de los artistas y cultores venezolanos. La norma, además, creó un fondo nacional destinado al financiamiento de planes, proyectos y programas de fomento de la actividad artística cultural, así como la atención integral de estos creadores.


viernes, 5 de septiembre de 2014

Regulan funciones del auditor externo, auditorías y de informes auditados de los bancos

Regulan funciones del auditor externo, auditorías y de informes auditados de los bancos
(Sudeban, Resolución 067.14, 8/14/2014 )
La Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (Sudeban), por medio de la Resolución 067.14, dictó las normas que regirán las funciones del auditor externo, auditorías y de los informes auditados de las instituciones del sector bancario. La regulación establece los parámetros mínimos que se deberán acatar para realizar las auditorías externas; así como los lineamientos para elaborar y presentar los informes exigidos por Sudeban. De igual modo, serán aplicables a los auditores externos durante la realización de sus labores en las instituciones contempladas en la Ley de reforma Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario, y demás normas vigentes; además, para la elaboración de los informes a ser presentados ante el ente supervisor.

miércoles, 3 de septiembre de 2014

TSJ declara constitucionalidad del carácter orgánica de la LOPNNA

TSJ declara constitucionalidad del carácter orgánica de la LOPNNA(Sala Constitucional, Exp 14-0876, 8/29/2014 )

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), por medio de sentencia del pasado 29 de agosto, declaró la constitucionalidad del carácter orgánico de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (Lopnna). Según el fallo, el instrumento legal constituye mandatos que sirven de fundamento para el desarrollo de derechos fundamentales, lo cual la circunscribe a la citada en la categoría establecida en el tercer supuesto que dispone el artículo 203 de la Constitución.


Emiten guía para acreditación de proveedores de servicios de la infraestructura nacional de certificación electrónica

Emiten guía para acreditación de proveedores de servicios de la infraestructura nacional de certificación electrónica(Suscerte, Providencia 005-2014, 8/27/2014 )

Por medio de Providencia 005-2014, la Superintendencia de Servicios de Certificación Electrónica dictó la Guía para la acreditación o renovación de proveedores de servicios de certificación para la incorporación de autoridades de certificación (AC) subordinadas y autoridades de registro (AR) externas. La norma, que entrará en vigencia el próximo 27 de septiembre, describe todos los recaudos que deben presentar los solicitantes para efectuar su proceso de acreditación, así como sus condiciones operativas y obligaciones en la infraestructura nacional de certificación electrónica.


Dictan requisitos para la autorización de manejadores de sustancias y desechos peligrosos

Dictan requisitos para la autorización de manejadores de sustancias y desechos peligrosos
(Ministerio de Poder Popular para el Ambiente, Resolución 000073, 8/26/2014 )
El Ministerio del Poder Popular para el Ambiente, por medio de la Resolución 000073, dictó los requisitos que deben cumplir las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, para obtener la autorización como manejadores de sustancias, materiales o desechos peligrosos y registro de generadores de desechos peligrosos. Las personas citadas deberán estar debidamente autorizadas en las actividades de “almacenamiento o transporte de sustancias peligrosas; recolección, almacenamiento, transporte, recuperación o tratamiento de materiales peligrosos; y en la recolección, almacenamiento temporal, transporte, tratamiento, eliminación o disposición final de desechos peligrosos”. Estas autorizaciones tendrán una validez de dos años.

Prohíben exportación o extracción hacia territorio extranjero de productos importados o producidos en el país

Prohíben exportación o extracción hacia territorio extranjero de productos importados o producidos en el país
(Presidencia de la República, Decreto 1190, 8/22/2014 )
Mediante el Decreto 1.190, se prohíbe el tránsito por el territorio nacional con fines de exportación o extracción hacia territorio extranjero de los productos de la cesta básica, insumos, medicinas y demás bienes importados o producidos en el país. Algunos de los productos descritos en el mandato presidencial son los alimentos para humanos, las materias primas para elaborarlos; los balanceados para animales, los artículos de higiene personal, las medicinas y los equipos médicos, los productos odontológicos, textos, uniformes y útiles escolares y los materiales para la construcción. De igual modo, para evitar el contrabando de extracción, el instrumento legal ordena a militares y policías implementar planes de inspección en establecimientos comerciales, industriales y de servicios, así como en medios de transporte terrestre, marítimo, fluvial y aéreo.