(Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, Providencia 2011/0066, 10/18/2011)
El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) fijó, mediante la Providencia 2011/0066, que los intereses moratorios por incumplimiento de obligaciones tributarias se calcularán incrementando en 1.2 veces la tasa de interés activa fijada en 19,68% por el Banco Central de Venezuela para el mes de septiembre del 2011.
GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Número 39.780
Caracas, martes 18 de octubre de 2011
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR
DE PLANIFICACIÓN Y FINANZAS
SERVICIO NACIONAL INTEGRADO
DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA
Providencia Administrativa Nº SNAT/2011/0066
Caracas, 18 de octubre de 2011
201º y 152º
Número 39.780
Caracas, martes 18 de octubre de 2011
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR
DE PLANIFICACIÓN Y FINANZAS
SERVICIO NACIONAL INTEGRADO
DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA
Providencia Administrativa Nº SNAT/2011/0066
Caracas, 18 de octubre de 2011
201º y 152º
Providencia Administrativa:
El Superintendente del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), en uso de las facultades previstas en los numerales 1 y 7 del artículo 4 de la Ley del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 37.320 de fecha 08/11/2001, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 del Código Orgánico Tributario, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 37.305 de fecha 17/10/2001.
Dicta lo siguiente:
PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA QUE ESTABLECE LA TASA APLICABLE PARA EL CÁLCULO DE LOS INTERESES MORATORIOS CORRESPONDIENTE AL MES DE SEPTIEMBRE DE 2011
Artículo Único.—La tasa de interés activa promedio ponderado de los seis (6) principales bancos comerciales y universales del país con mayor volumen de depósitos, excluidas las carteras con intereses preferenciales, fijada por el Banco Central de Venezuela para el mes de Septiembre de 2011, es de 19,68%.
En consecuencia, para el cálculo de los intereses moratorios causados durante el mes de Septiembre de 2011, se aplicará dicha tasa incrementada en uno punto dos (1.2) veces.
Dado en Caracas a los 18 días del mes de octubre de 2011. Años 201º de la Independencia, 152º de la Federación y 12º de la Revolución.
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