martes, 15 de octubre de 2013

Ascenso de cargo conlleva aumento de salario


(Sala de Casación Social, Exp 11-0544, 10/13/2013 )
Aumento de salario procede cuando se configura ascenso de cargo. Así lo señaló la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), mediante sentencia del pasado 4 de octubre que resolvió recurso de casación. El alto tribunal confirmó la decisión de la recurrida que sostiene que corresponde la diferencia salarial por el aumento de responsabilidades derivadas del ascenso otorgado unilateralmente por la empresa. Por otra parte, el fallo recordó los principios de “a igual trabajo, igual salario” y al de “no discriminación” contemplados en los artículos 91 de la Constitución y 26, 135 y 136 de la Ley Orgánica del Trabajo, así como el 14 de su Reglamento.

Subastas N°04-2013 Convocatorias • 14/10/2013: Convocatoria para Subasta Especial de Divisas Personas Jurídicas




BANCO CENTRAL DE VENEZUELA 
CONVOCATORIA N° 04-2013 
SUBASTA ESPECIAL DE DIVISAS 
PERSONAS JURÍDICAS 
SICAD 


El Banco Central de Venezuela invita a todas las personas jurídicas debidamente inscritas en el “Registro de 
Usuarios del Sistema Complementario de Administración de Divisas (RUSICAD)”, que se indican como 
Participantes Convocados, a participar en la subasta especial del título PDVSA 2035, a realizarse en el Sistema 
Complementario de Administración de Divisas (SICAD), a través de los bancos universales, bancos 
microfinancieros, así como de los bancos comerciales, entidades de ahorro y préstamo y bancos de desarrollo en 
proceso de reestructuración conforme a lo previsto en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma 
Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario, en los términos y condiciones que se especifican a 
continuación: 

Subastas N°04-2013 Convocatorias • 14/10/2013: Convocatoria para Subasta Especial de Divisas Personas Naturales


BANCO CENTRAL DE VENEZUELA
CONVOCATORIA N° 04-2013
SUBASTA ESPECIAL DE DIVISAS
PERSONAS NATURALES
SICAD



El Banco Central de Venezuela invita a todas las personas naturales residentes en Venezuela,
debidamente inscritas en el “Registro de Usuarios del Sistema Complementario de Administración de
Divisas (RUSICAD)”, que no hayan participado en las Subastas Especiales de Divisas Nos. 01-2013, 02-
2013 y 03-2013, convocadas por este Instituto en fechas 11/07/2013, 26/07/2013 y 20/08/2013,
respectivamente, o que habiendo participado sus órdenes de compra no hubieren resultado adjudicadas,
indistintamente del supuesto por el cual fuera presentada la respectiva Orden de Compra, a participar en
la subasta especial de divisas a realizarse en el Sistema Complementario de Administración de Divisas
(SICAD), a través de los bancos universales, bancos microfinancieros, así como de los bancos
comerciales, entidades de ahorro y préstamo y bancos de desarrollo en proceso de reestructuración
conforme a lo previsto en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley de
Instituciones del Sector Bancario, en los términos y condiciones que se especifican a continuación:

lunes, 14 de octubre de 2013

Publican homologación de convención colectiva para la industria de la construcción


(Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social, Resolución 8467, 10/11/2013 )
El Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social, por medio de la Resolución 8467, procedió a la publicación de la homologación de la convención colectiva de trabajo suscrita bajo el marco de una reunión normativa laboral para la rama de actividad económica de la industria de la construcción, conexos y similares que operan a escala nacional. Así mismo, según la resolución, el convenio fue firmado por la Federación Nacional de Trabajadores Profesionales, Empleados Técnicos y Obreros de la Industria de la Construcción, Madera, Maquinarias Pesadas, Vialidades y Similares; (Fenatcs); por la Federación Unitaria Nacional de Trabajadores Bolivarianos de la Construcción, Afines y Conexos (Funtbcac); entre otras uniones de trabajadores

viernes, 11 de octubre de 2013

Simplifican trámites administrativos para importaciones de alimentos y artículos de primera necesidad


(Presidencia de la República, Decreto 430, 10/9/2013 )
La Presidencia de la República, por medio del Decreto 430, simplificó los trámites administrativos para las importaciones de alimentos, materia prima, artículos de primera necesidad y productos con ocasión de la época decembrina. En ese sentido, se creó una oficina de atención especial para la defensa popular de la economía con el objeto de garantizar todos los niveles de la cadena productiva de alimentos y el suministro oportuno de bienes de primera necesidad.

Establecen procedimiento para agilizar trámites y despacho aduanero para los sectores de alimentos y salud


(Presidencia de la República, Decreto 451, 10/3/2013 )
La Presidencia de la República, por medio del Decreto 451, estableció un procedimiento simplificado para agilizar los trámites y el despacho aduanero de las mercancías, para los sectores de alimentos y salud. En consecuencia, se crea la Coordinación Integral de Atención Especial para los Sectores de Alimentos y Salud, conformada por los ministerios del Poder Popular para Salud, Finanzas, Industrias, Alimentación, Agricultura y Tierras, y cualquier otro que la autoridad aduanera considere necesaria para simplificar el el los procesos. Las Coordinaciones Integrales de Atención Especial estarán dirigidas por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), a través de los gerentes de aduanas y funcionarán en las sedes de las gerencias de aduanas principales y en algunas subalternas de acuerdo con las necesidades del sector.

miércoles, 9 de octubre de 2013

En 15,76 % fijan tasas de interés para obligaciones de la relación de trabajo para septiembre 2013


(BCV, Aviso Oficial, 10/8/2013 )
Mediante Aviso Oficial, el Banco Central de Venezuela (BCV), informó las tasas de interés aplicables a las obligaciones derivadas de la relación de trabajo, a la adquisición de vehículos modalidad cuota balón, a las operaciones con tarjeta de crédito y para las operaciones crediticias destinadas al sector turismo. En consecuencia, para los supuestos contemplados en el literal f) del artículo 142 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT) se estableció una tasa del 15,76 % aplicable para el mes de junio de 2013. Por su parte, la tasa máxima aplicable durante el mes de octubre a las tarjetas de crédito se mantuvo en 29%.