(FONA, Providencia 001-2013, 11/4/2013 )
El Fondo Nacional Antidrogas (FONA), emitió la Providencia 001-2013, que dicta las normas que regulan la presentación de los llamados proyectos de “Prevención en el Ámbito Laboral”, que según el Ministerio de Relaciones Interiores, Justicia y Paz, buscan contribuir con la prevención del consumo de drogas. La presentación deberá realizarse en el período comprendido dentro de los 90 días continuos, después de haberse efectuado la liquidación de su aporte correspondiente al ejercicio fiscal inmediatamente anterior, al cual corresponde determinar el aporte, a los fines de evaluar costos y técnicas, y, según el instrumento legal, cumplir con la ejecución del proyecto presentado por personas jurídicas privadas, consorcios, y entes públicos, con o sin fines empresariales, una vez reunidos los requisitos para su aprobación.
(Presidencia de la República, Decreto 458,
10/24/2013 )
El
pasado 24 de octubre, la Presidencia de la República, ordenó la reimpresión del
Decreto 458, que crea el Centro Estratégico de Seguridad y Protección de la
Patria (CESPPA), como órgano desconcentrado del Ministerio del Poder Popular
del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión del Gobierno, que
dependerá del Presidente de la República. Entre otras funciones, el CESPPA
evaluará las informaciones que considere de interés para el nivel estratégico
que se vinculen con la seguridad de la Nación, provenientes de todos los
organismos de seguridad e inteligencia del Estado, según lo requiera el
Presidente de la República.
(Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y
Seguridad Social, Aviso Oficial, 11/1/2013 )
El
Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social, mediante Aviso
Oficial, corrigió error material en su Resolución 8467, publicada en Gaceta
Oficial el 11 de octubre. El instrumento impartía la homologación de la Reunión
Normativa Laboral para la rama de actividad económica de la industria de la
construcción, conexos y similares que operan en escala nacional.
(Asamblea Nacional, Ley, 10/17/2013 )
<!>Con
el objeto de establecer los principios, bases y lineamientos que rijan el uso
de las tecnologías de información en el Poder Público y el Poder Popular, la
Asamblea Nacional dictó la Ley de Infogobierno, el pasado 17 de octubre. La
norma, que entrará en vigencia en agosto de 2014, establece que los archivos y
documentos electrónicos emitidos por Poder Público que contengan
certificaciones y firmas electrónicas tendrán la misma validez jurídica y
eficacia probatoria que los instrumentos que consten en físico.
(Ministerio del Poder Popular de Finanzas,
Convenio Cambiario 23, 10/30/2013 )
<!>Con
el Convenio Cambiario 23, del Banco Central de Venezuela, el Ministerio del
Poder Popular de Finanzas dispuso que las personas naturales no residentes en
el país, que ingresen al territorio nacional a través de los terminales
ubicados en aeropuertos y puertos, podrán vender anualmente hasta US$ 10.000, o
su equivalente en otra divisa. El trámite se realizaría en las taquillas
instaladas en dichos lugares por los operadores cambiarios autorizados por el
BCV, al tipo de cambio de compra que este último determine, el cual será
publicado en su página web. Se entiende por no residente, quien ingrese al
territorio nacional con la intención de permanecer en él por más de una noche y
menos de un año.
(Ministerio del Poder Popular para la
Alimentación, Resolución 061-13, 10/28/2013 )
<!>El
Ministerio del Poder Popular para la Alimentación, a través de la Resolución
061-13, prorrogó por 90 días hábiles el plazo establecido en la Resolución
Conjunta de fecha 25 de julio de 2012, publicada en la Gaceta Oficial 39971 del
25 de julio de 2012, que instrumenta el Sistema Integral de Control de
Medicamentos (SICM), y establece los lineamientos y criterios que rigen la
emisión de la Guía Única de Movilización, Seguimiento y Control de
Medicamentos, destinados tanto a la comercialización como a la distribución, en
el territorio nacional.
(Fonacit, Providencia 012-085, 10/28/2013 )
Mediante
Providencia 012-085, el Fondo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación
(Fonacit) estableció los requisitos y procedimientos que deben cumplirse para
la obtención del certificado de aportante y no aportante correspondiente al
cumplimiento de la obligación tributaria prevista en el Título III de la Ley
Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación. En tal sentido, para solicitar
dicho documento por primera vez los interesados deberán consignar la planilla
de solicitud, copia del Registro de Información Fiscal, copia del registro
mercantil y copia de la declaración del impuesto sobre la renta correspondiente
a la base de cálculo para el cumplimiento de la obligación tributaria.